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Plan Renove

Con el fin de mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios, el Consejo de Ministros aprueba el 20 de julio de 2007 el nuevo Plan de Acción, para el periodo 2008 – 2012, de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2004-2012.

Por lo que el Gobierno de Castilla La Mancha conjuntamente con el Idae aprueba el Plan renove de ventanas para el ejercicio 2010.

La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 921. 739 € y la convocatoria de las ayudas extenderá sus efectos a las actuaciones subvencionables llevadas a cabo a partir del día 1 de febrero de 2010 hasta el 31 de enero de 2011 o hasta el agotamiento del crédito asignado a la convocatoria.

Actuaciones subvencionadas:
a) La sustitución de ventanas en su conjunto (marco y acristalamiento). Por un importe de 110€ m2 del hueco exterior. Con una superficie mínima por vivienda de 1 m2 de ventana. Con un limite de 3.000 € por vivienda. La cuantía de la ayuda no podrá superar el 35% del coste de la actividad subvencionada. Incluyendo material e instalación. IVA excluido.
b) la instalación de dobles ventanas, considerando como tal los casos en los que ya exista una ventana, que no se modifique, y se añada una nueva ventana exterior.
c) la sola sustitución de cristales.
d) Los cerramientos acristalados solo serán subvencionables cuando se trate de renovaciones de los mismos.

Plan Renove
Ahorre dinero y energía

Requisitos y condiciones:
a) Las actividades en cuestión deberán llevarse a cabo en viviendas particulares, establecimientos o locales destinados a actividades económicas pertenecientes al sector terciario, o edificios públicos, sitos en el territorio de Castilla-La Mancha.
b) Los cerramientos en cuestión deberán encontrarse en un recinto habitable, en contacto con el exterior o con un espacio común no habitable.
c) La actuación subvencionada habrá de conllevar, necesariamente, un ahorro energético cuantificable.
d) Las ventanas a instalar, objeto de ayuda, deberán disponer del correspondiente marcado CE de la carpintería.
e) Tratándose de carpintería metálica, las nuevas ventanas deberán disponer de rotura de puente térmico.
f) En los casos de que la sustitución afecte únicamente a los cristales, el nuevo cerramiento deberá consistir en doble acristalamiento de aislamiento térmico reforzado de baja emisividad.
g) En función de la zona climática dominante, deberán cumplirse, en todo caso, las siguientes condiciones de transmitancia térmica para los huecos (U HH) y factor solar modificado del hueco (Fs modif.):

Para edificios de uso residencial o de baja carga interna de hasta 40 % de hueco en fachada:
UH ≤ 2,4 W/m m2 K y Fs modif. ≤ 0,40, para viviendas sitas en municipios pertenecientes a la provincia de Toledo.
- UH ≤ 2,2 W/m m2 K y Fs modif. sin restricción, para viviendas sitas en municipios correspondientes a las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara.

h) Tratandose de ayudas a la renovación de ventanas en viviendas particulares, los beneficiarios deberán encontrarse empadronados en la vivienda en relación a la cual se solicita la subvención.
I) No se podrán obtener de beneficiario las personas que concurran alguna subvención incompatible previstas en el articulo 13, apartado 2 y 3 de la ley 38/2003.
J) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Pida presupuesto sin compromiso, nuestros distribuidores le informaran de las subvenciones correspondientes a su solicitud.

 

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